Celibato y matrimonio
Para evitar malas
interpretaciones debemos decir que este anexo, sólo conviene al aspirante al
discipulado para demostrarle por qué le es necesaria la vida casta y pura. De
nada les serviría a la generalidad de gentes que carecen de anhelos
espirituales y son todavía incapaces de refrenar sus pasiones. Nosotros ni siquiera aconsejamos a los discípulos el celibato absoluto, sino que
consideran como un religioso deber del místico iluminado casarse con un ser de
su misma índole espiritual, si puede hallarlo, para de esta suerte ofrecer a
las advinientes almas ventajosa ocasión de renacimiento.
Cuando dos cónyuges místicamente
devotos efectúan el acto procreador con el deseo de servir a un expectante ego,
cuando las condiciones prenatales son física, mental y espiritualmente puras;
cuando la infancia del ego así nacido transcurre en una familiar atmósfera de
nobles y altos pensamientos, entonces tanto los padres como los hijos realizan
admirables progresos. Y como las grandes almas no pueden nacer de padres viles,
como no puede el agua bajar más allá de su nivel, fuera en verdad muy impropio
de un aspirante al discipulado vivir en absoluto celibato con el propósito de
su adelanto individual si las circunstancias le permiten contraer matrimonio.
Además, el consumo de la energía creadora, las pocas veces en que legítimamente
lo requiere la procreación, no es obstáculo para el adelanto espiritual que ha
de convertirlo en piedra filosofal, pues el alma-cuerpo adquirida por asumir
los deberes de la paternidad trascenderá a toda posible pérdida.
Por lo tanto, nosotros enseñamos que el matrimonio es santo, bueno, noble y fomentador de espiritual
adelanto, cuando los contrayentes limitan su uso al propósito de la
procreación o bien como resultado del amor mútuo, y no como un deseo meramente sexual, con un fondo de pureza espiritual.
Non Nobis

Orden de Sión+++