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Ausencia del Temple en la serranía Onubense
Publicaciones Orden del Temple - Cartulario de la Orden del Temple
Escrito por María de Aquitania   
Viernes, 07 de Agosto de 2009 00:00

 

Autor: Fr. E.C. 



Tras lo enunciado en los epígrafes previos, se entienden las razones por las que los templarios no se asentaron en la Sierra de Aracena y los Picos de Aroche, ni en sus castillos. ¿Por qué entonces la conocida tradición que habla de la presencia templaria en Aracena, su castillo y las tierras colindantes?. Pues hay que coincidir con Javier Pérez-Embid -Aracena y su sierra: la formación histórica de una comunidad andaluza (siglos XIII-XVII)- cuando lo califica de mera leyenda.


Una leyenda que no estaba aún configurada en siglo XVII, pues no aparece en la obra de Rodrigo Caro, de 1621, en la que aborda la “chorografía” del convento jurídico del territorio; ni en el manuscrito del notario aracenés Fernando Sánchez Ortega (1536-1612). Sería con la supresión del Priorato de Aracena en 1776 cuando la clerecía local, contrariada por ello, rebuscó en la historia motivos en los que justificar tan añeja institución; y vio en el Temple, convertido con la Ilustración en profusa fuente esotérica, un clavo al que asirse. No en balde, provenían del siglo XVI las aspiraciones de Aracena de convertirse en capital comarcal, lo que chocaba con la centralidad administrativa y judicial de Fregenal, que sí había sido sede templaria. Y, para colmo, Benito Arias Montano (1527-1598), cuya herencia cultural reclamaba el clero aracenés, fue frexnense de nacimiento. Con estos fundamentos, toma cuerpo una reescritura de la historia local que comienza a reflejarse a finales del XVIII en obras como la de Francisco Pérez Bayer, en la que relata el viaje que, en 1782, realizó por Andalucía y Portugal.


Por tanto, nada tuvo que ver la Orden templaria en la toma cristiana de la Sierra de Huelva. Una conquista que se prolongó varios lustros y que estuvo marcada, como se concluyó páginas atrás, por la apropiación múltiple del territorio –árabes, lusos y castellano-leoneses-; el papel especialmente relevante de las órdenes militares de San Juan del Hospital y de Santiago, dada la prioridad de las monarquías cristianas por el dominio de los valles de los ríos Guadiana y Guadalquivir; y el choque de intereses entre los propios conquistadores, tanto entre ambas casas reales como entre éstas y las citadas órdenes militares, particularmente la hospitalaria.


Y nada influyó el Temple en la construcción o remodelación de los amurallamientos que hoy lucen en la Sierra de Aracena y Picos de Aroche. Como se reseñó en epígrafes anteriores, fueron levantados por los árabes -en muchos casos, aprovechando restos de antiguas construcciones-, fundamentalmente entre los siglos XI y XII. Tras ser arrebatados a los musulmanes, estos castillos fueron remodelados y, a veces, ampliados y reforzados por los cristianos, bien por la Orden de San Juan o de Santiago, bien directamente por los soberanos lusos y castellano-leoneses.


Como ya se subrayó, sólo hay dos excepciones a esta regla general: los castillos de Cumbres Mayores y Cortegana. Acerca del primero, se sabe que fue edificado por impulso de Sancho IV en 1293. Y sobre el Castillo de Cortegana, que fue levantado tras la toma cristiana de la villa y en algún momento entre 1230 y 1293. Pero, ¿cuál es su origen exacto?.



Sobre el origen del Castillo de Cortegana


Dada la conflictividad, la inseguridad y hasta el bandolerismo que, como se ha expuesto, caracterizó la vida de la serranía onubense en aquellas décadas, constituye una hipótesis verosímil suponer que el Castillo de Cortegana fue construido cuando la villa, existente desde muchas centurias atrás, pertenecía ya al dominio castellano-leonés con el doble objetivo de asegurar las fronteras frente a Portugal y prevenir la zona de pillajes y robos. Estas finalidades explicarían las características arquitectónicas del recinto, que, sin menoscabo de la cerca exterior, no constituye un gran amurallamiento, sino una Casa-Fuerte muy bien diseñada y medida para cumplir una funcionalidad logística; un fortín idóneo para acoger una pequeña guarnición militar profesional válida tanto para su defensa, si llegara a ser preciso, como para ofrecer cotidianamente protección y escolta a su entorno territorial.


Es más, rememorando lo enunciado en el aparado dedicado a la conquista cristiana de la Sierra de Huelva, el momento más probable de su construcción puede datarse en los años inmediatamente siguientes a 1260. No en balde, fue en 1262 cuando, tras la toma de Niebla, Alfonso X puso su empeño en controlar el territorio del conjunto del alfoz de Sevilla y, particularmente, evitar la existencia de un corredor serrano hacia Sevilla en manos no ya portuguesas, sino de una orden militar. Un control que quedó definitivamente rubricado en 1267, con los acuerdos de Badajoz firmados entre el rey Sabio y el monarca luso Alfonso III.


En este marco político y temporal, sólo queda por dilucidar quién en concreto se encargó de la edificación del castillo corteganés, con dos alternativas posibles: fue una decisión directa de la Corona castellano-leonesa y ella misma o una institución dependiente, como el Concejo de Sevilla, se ocupó de su ejecución; o se encargó de ésta alguna persona física o jurídica con suficiente poder y capacidad económica para acometerla, contando, desde luego, con la aquiescencia de Alfonso X, que la valoraría como favorable a su política de control del territorio y en aras a paliar la inseguridad que éste padecía.

La primera de las dos alternativas no resulta verosímil teniendo en cuenta la ausencia de documentación que lo acredite. De la misma forma que ha llegado a nuestros días, por ejemplo, la relativa al impulso por Sancho IV de la construcción del Castillo de Cumbres Mayores, debería existir alguna constancia de la iniciativa del rey Sabio con relación al de Cortegana.


En cuanto a la segunda, es coherente con la leyenda oral recogida por Juan de Ledesma, en 1633 y Rodrigo Caro, en 1634, que achaca la fundación del castillo a un caballero que deseaba congraciarse con el rey. Ahora bien, los usos jurídico-políticos de la época y la conflictividad de la comarca hacen difícil de creer que a una persona, por muy noble que fuese, se le permitiese acometer un proyecto de esta naturaleza. Por lo que tal cosa sólo sería posible si el caballero en cuestión perteneciera o, al menos, contara con el apoyo de alguna organización o entidad dotada con suficientes prerrogativas al respecto.

¿Qué tipo de entidad gozaba por entonces de tales potestades?. Pues, con el consentimiento de la Corona, las órdenes militares. Lamentablemente, esta conclusión, lejos de proporcionar una salida al laberinto deductivo, introduce más en él, ya que las dos órdenes con presencia histórica en la Sierra de Huelva, la de San Juan del Hospital y la de Santiago, nunca hubieran contado con el permiso real para edificar una fortaleza fuera de sus jurisdicciones –los hospitalarios habían sido expulsados de la zona y los santiaguistas nunca habían pasado del lado oriental de la serranía- y en tierras en las que la monarquía, como se ha visto, deseaba precisamente preservar de la influencia de ambas.


Llegados a este punto, quizá pueda aportar luz al asunto el nombre y circunstancias personales del caballero mencionado por Juan de Ledesma y Rodrigo Caro. Ambos citan a un tal Pedro Domingo, que había participado en la conquista de Sevilla -Rodrigo Caro comenta que aparece en el repartimiento de la ciudad efectuado en 1252- y que era originario de Ciudad Rodrigo (Salamanca) –Juan Ledesma así lo indica-.


Escarbando en la historia, ¿puede hallarse alguna referencia al linaje Pedro Domingo asociado a Ciudad Rodrigo durante el siglo XIII?. La labor de indagación es ardua, pero puede ser saldada con éxito. Y es que, como recoge Juan José Sánchez-Oro en Ciudad Rodrigo y los templarios, existe un documento histórico, fechado en 1218 y redactado en la villa salmantina, en el que se recoge un importante acuerdo y que está suscrito precisamente por Dominici Petri. Dado que en la Ciudad Rodrigo de la época ni la demografía era cuantiosa ni las estirpes de abolengo numerosas, cabe racionalmente deducir que el caballero que recaló en Cortegana era, si no el mismo firmante del documento reseñado, pues distan no menos de cuarenta años entre la fecha de rubrica y la del arribo a Cortegana, sí alguien de su linaje.


¿Bajo que autoridad podría estar este caballero para que se le permitiese levantar el castillo corteganés?. El reiterado documento de 1218 nos aporta una clave muy notable, pues Dominici Petri no lo firma en representación personal, sino en calidad de <>, esto es, es comendador de la Orden del Temple.

De hecho, los templarios contaron en esta parte de la hoy provincia de Salamanca con una encomienda que ya estaba plenamente establecida a comienzos del siglo XIII y prolongó su existencia hasta la forzada disolución de la Orden. Y su núcleo principal se encontraba en Ciudad Rodrigo, donde en su recuerdo aún perdura la calle del Templo. De esta encomienda fue Dominici Petri máxima jerarquía en la primera parte del siglo XIII. Y sería él mismo o persona de su estirpe directa quien se incorporó a las huestes templarias que apoyaron a Fernando III en la toma de Sevilla y, posteriormente, a Alfonso X en la consolidación del alfoz hispalense. Y Pedro Domingo llegó a Cortegana, poco después de 1260, para erigir su castillo bajo el mandato de la Orden del Temple y con permiso de Alfonso X y el Concejo de Sevilla.


¿Por qué se enfrascó el Temple en la construcción de este fortín?. Pues recuérdese lo expuesto acerca del pillaje que afectaba al Bayliato de Jerez, procedente, en buena parte, de la Sierra de Aracena y Picos de Aroche, en general, y de zonas como Cortegana, carentes de la protección de fortificaciones, en particular. Por tanto, fue para erradicar este foco de bandolerismo o, al menos, para dificultar los movimientos e incursiones de las partidas de bandidos en el bayliato, por lo que la Orden levantó el Castillo de Cortegana. De ahí también sus ya aludidas características arquitectónicas. No se trataba de hacer una gran fortaleza, sino una Casa-Fuerte funcional para dar cobijo a una corta guarnición profesional con el objetivo fundamental de proporcionar seguridad a su entorno territorial.


Y, ¿por qué autorizó Alfonso X la construcción?. El Temple, por las razones que se acaban de sintetizar, se ofreció a edificar el fortín y dotarlo de milicia de manera gratuita. Ante ello, el monarca y el Concejo hispalense ponderarían positivamente la iniciativa por tres razones básicas:


- Contribuía tanto al dominio del territorio como a ofrecer estabilidad a una zona donde, al carecer de fortificación y su consiguiente destacamento militar, el bandolerismo campaba a sus anchas.


- Pese a la cercanía geográfica del Bayliato de Jerez, los templarios se habían mantenido absolutamente al margen de los conflictos entre los conquistadores vividos durante los anteriores lustros en la Sierra, donde la Orden ni había tenido ni tenía jurisdicción alguna.


- Y a la Corona le constaba que tampoco quería tenerla ahora. Por el reparto de donaciones tras la toma de Sevilla, era conocida la prioridad templaria por la expansión en el sur de Huelva, antes que extender el bayliato por la serranía onubense. Así, el Temple no solicitó a cambio del levantamiento de la fortaleza corteganesa contrapartida alguna; la acometió sin derecho alguno, es decir, sin recibir a cambio posesiones o donaciones.


Esta ausencia de título jurídico o equivalente es el motivo por el que la historia no puede recordar documentalmente la mano templaria en la construcción del Castillo de Cortegana. Olvido al que contribuyó, igualmente, el que, tras poco más de cuatro décadas, la Orden quedara disuelta.

 

(continuará) 


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